- Signaron el documento para el mejor uso y
aprovechamiento del agua.
- Capacitará la universidad a empleados de la CESPM.
- Aprovecharán en áreas verdes el agua residual tratada.
MEXICALI,
B.C. A 26 JUNIO 2013.- La Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali
y la Universidad Autónoma de Baja California firmaron un convenio de
colaboración con el fin de lograr un eficiente y adecuado aprovechamiento del
servicio de agua potable y alcantarillado sanitario así como del rehúso de agua
residual tratada.
El documento lo signaron los titulares de Cespm y
UABC, Javier Orduño Valdez y Felipe Cuamea Velázquez, respectivamente, quienes
mostraron su beneplácito por la trascendencia del documento firmado.
En la firma del convenio, realizado en el edificio de
rectoría destacan entre otros puntos la capacitación a personal de la CESPM en
todas las áreas educativas que imparte la UABC incluyendo conferencias,
talleres, cursos, seminarios, diplomados, maestrías, especialidades, posgrados
y/o doctorados.
Asimismo, la instalación de tubería morada para el
riego de áreas verdes con agua residual tratada, en la planta que tiene la
institución en instalaciones del campus Mexicali a fin de un mayor
aprovechamiento de este valioso recurso.
Por la capacitación a sus empleados, la CESPM deducirá
a la Universidad Autónoma de Baja California la parte que le corresponda
solventar por los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario, luego
de los beneficios que por acuerdos, decretos y demás ordenamientos legales
recibe la institución educativa.
Según convenio del 18 de octubre del 2004 y acuerdo
del 9 de julio del 2010, se exime del pago de los servicios de agua potable que
se suministre a la UABC equivalente a 35 litros diarios de agua por cada
trabajador administrativo, trabajador académico y alumno, lo que significa que
el excedente del consumo establecido será el que aplique en este convenio.
Al inicio de cada ciclo escolar la universidad
proporcionará a la CESPM el padrón actualizado de los trabajadores ya sea
administrativos o académicos así como el número de educandos que se instruyen
en las diferentes áreas de la institución.
Además de enterar al organismo del agua las relaciones
actualizadas de talleres, carreras, especialidades y demás programas
educativos, la UABC se compromete a admitir e inscribir al personal ó empleados
de la CESPM que la dependencia previamente determine.
El convenio establece además la colaboración conjunta
para habilitar ó instalar la infraestructura necesaria para el adecuado
aprovechamiento de la planta de tratamiento de agua residual que la UABC opera
en el campus Mexicali.
También se coordinará con el organismo operador del
agua para verificar en forma periódica la infraestructura hidráulica de agua
potable, alcantarillado y tubería morada para el rehúso del agua residual de
las instalaciones de la planta UABC.
Respecto a la instalación y distribución de la tubería
morada, la institución educativa presentará el proyecto correspondiente con las
especificaciones técnicas y normas aplicables. También aportará la tubería,
piezas especiales y suministro de combustible y lubricantes que requiera la
maquinaria a utilizar.
Por su parte la CESPM revisará el proyecto para la
instalación de la tubería morada así como el cronograma para su ejecución;
asimismo, aportará el personal y maquinaria que será utilizada para la
colocación de la mencionada tubería y coadyuvará con la UABC en las acciones
para lograr una cultura integral del agua.
Tanto el director general de la CESPM Javier Orduño
Valdez como el rector de la UABC Felipe Cuamea Velázquez destacaron la
importancia de este esfuerzo conjunto y lo que representa en materia de uso y
aprovechamiento del vital líquido, asimismo el eficiente manejo de los
recursos.
En la formalización de este compromiso firmaron como
testigos Víctor Hugo Ramírez Briseño, Subdirector comercial de la CESPM; Miguel
Ávila Niebla, titular de la Comisión Estatal del Agua, así como Gustavo Adolfo
De Hoyos Walther, Secretario del Patronato Universitario.
La vigencia de este instrumento será por tiempo
indefinido, obligándose ambas partes desde la firma del mismo al cumplimiento
de todas y cada una de las clausulas. El convenio podrá ser modificado ó
adicionado por voluntad de las partes y dichas modificaciones o adicciones
obligarán a los signantes a partir de la nueva fecha de su firma.