MEXICALI, B. C., A MARTES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2013.-La Dirección de Ingresos del Estado, informa
que en días pasados entraron en vigor nuevos decretos en materia de control
vehicular y del pago de impuestos para pequeños contribuyentes.
Dichos beneficios tendrán vigencia hasta el
día 25 de octubre de 2013.
Nolberto González Grajeda, Director de
Ingresos, explicó que en materia de pago de impuestos de los contribuyentes con
Régimen de Intermedios y REPECOS, se condona a las
personas físicas y morales, el 100% de los recargos y las multas impuestas con
anterioridad a la entrada en vigor de este decreto, siempre y cuando cumplan en
una sola exhibición con el total de dichas obligaciones. También gozarán de un
50% de los recargos y el 100% de las multas, pagando en 6 mensualidades, si
realizan un pago inicial del 25% y garantizando el crédito fiscal omitido.
A su vez, se condona el 100% de las multas a las personas físicas que
tributen bajo el Régimen de Pequeños Contribuyentes o Régimen Intermedio,
siempre que cumplan con el total de dichas obligaciones a su cargo, en una sola
exhibición.
“Se exime del pago del 5% del Impuesto
Sobre Nómina que se cause en los meses de agosto y septiembre de 2013 o bien en
el tercer trimestre del mismo año, a aquellos contribuyentes que efectúen su
pago antes de la fecha de vencimiento del impuesto. Y se exime del 100% del
pago del Impuesto Sobre Nómina, a las personas físicas y morales que contraten
durante la vigencia de este decreto a trabajadores que se desempeñen en su
primer empleo ocupando puestos de nueva creación, así como a madres jefas de
familia, respecto de las remuneraciones relativas a estos empleados,” aseguró el funcionario.
Sobre el rubro de Derechos de control
vehicular relativos al servicio particular y público, González Grajeda mencionó
que se condonará a todas las personas físicas y morales, el 100% de las multas y de los derechos extemporáneos de placas así como de
calcomanías y tarjetas de circulación que se hayan causado hasta antes de la
entrada en vigor del Decreto, siempre que cubran en una sola exhibición el
total de contribuciones que se adeuden.
Además se condonará el 100% de los derechos por pago extemporáneo de
licencias de conducir, que se hayan generado hasta antes de la entrada en vigor
de este Decreto.
Se exenta del pago del 100% del Impuesto Adicional para la Educación
Media y Superior, de los derechos condonados.
Así como a las personas físicas y morales propietarias
de vehículos por los cuales no se haya cumplido con la obligación de tramitar
su baja definitiva, del pago de los derechos establecidos en las Leyes de
Ingresos del Estado, así como de las multas que se hayan generado por tal
motivo, siempre y cuando se trate de vehículos que ya no sean de su propiedad o
bien se encuentren inutilizados para la circulación.
“Quiero invitar a todos los contribuyentes
que tienen pendiente realizar estos trámites a que aprovechen estos beneficios,
los cuales tendrán vigencia hasta el día 25 de octubre, cualquier duda podrán
resolverla consultando la página de internet www.bajacalifornia.gob.mx , o
llamando al número 01 800-027-39-99,”
concluyó.