jueves, 28 de junio de 2012

VENCE 31 DE JULIO EL DECRETO DE CONDONACIÓN DE MULTAS Y RECARGOS


·        Aplicable en materia de control vehicular y con beneficios para quienes declaren impuestos estatales
·       En control vehicular se ha logrado impactar a más de 10 mil automovilistas en Tijuana

TIJUANA, B.C., A JUEVES 28 DE JUNIO DE 2012.- Quienes tengan recargos y multas derivadas de las obligaciones fiscales estatales pueden recibir el beneficio de la condonación al 100% por medio de un decreto que se mantiene activo a través de la Secretaría de Planeación y Finanzas, que se mantendrá vigente hasta el 31 de julio.

El Recaudador de Rentas del Estado en Tijuana, Emeterio Martínez Villegas, indició que la eliminación de las multas y los recargos es aplicable cuando el pago de lo adeudado se da en una sola exhibición.

Agregó que el contribuyente puede obtener la condonación del 50% en los recargos y el 100% en multas cuando pague en plazos que no excedan de seis meses.

Ejemplificó que el apoyo es favorable para quienes tributen en el Régimen de Pequeños Contribuyentes e Intermedio y realicen contribuciones como el Impuesto sobre Nómina, sobre Actividades Mercantiles, Hoteles y Espectáculos Públicos, entre otros.

“Una de las líneas de acción del Plan Estatal de Desarrollo es otorgar apoyos a las empresas, para que éstas operen en mejores condiciones y en competitividad, es por ello que entrada la administración inició la publicación de una serie de decretos, el año pasado se lanzaron alrededor de siete, aparte de apoyar a la empresa buscamos que el automovilista mantenga en regla sus documentos”, expuso.

Martínez Villegas, señaló que otro de los apartados del decreto estipula beneficios en materia de control vehicular con la condonación del 100% de los recargos y multas, aplicables tanto para el transporte particular como público, en este sentido, se ha logrado favorecer a más de 10 mil automovilistas en Tijuana.

Mencionó que las personas que cuenten con su licencia de conducir vencida y tengan recargos, éstos pueden eliminarse al 100%.

En lo referente al trámite de cambio de propietario se ofrece al ciudadano un 50% de descuento, mientras que en el apartado de la baja definitiva de vehículos se exenta el 100% de multas, recargos y derechos de control vehicular, sólo es necesario considerar los gastos de ejecución y la tenencia, ambos conceptos en caso de adeudarlos.

Los interesantes en aprovechar las bondades del decreto deben realizar un escrito libre, a manera de solicitud y debe ser entregado en las oficinas de Recaudación de Rentas del Estado, situadas en Centro de Gobierno, 1er Piso, Vía Rápida.